
Punto 10 - PROVOCA INSEGURIDAD JURÍDICA PARA LOS CIUDADANOS Y LAS EMPRESAS AL INCORPORARSE LA JUSTICIA COMUNITARIA.
Se crea una jurisdicción indígena originaria campesina, que se aplica sobre el ámbito personal, material y territorial; es decir que decide sobre absolutamente todas las cuestiones dentro del territorio de éstas Naciones y/o Pueblos; generando numerosos vacíos legales que permitirán la violación de los derechos y el juzgamiento indiscriminado de miembros y habitantes o no de éstos territorios; ya que en reiteradas ocasiones se ha podido evidenciar la ejecución de penas crueles e inhumanas dentro de las sanciones de la Justicia Comunitaria. Se establece expresamente que toda autoridad pública o persona acatará las decisiones de la jurisdicción indígena originaria campesina; disposición que no necesita comentario. (ARTS. 191 / 192 y otros).